Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad.
Eso ya lo sabíamos, pero ahora también lo dirán las normas:
El 5 de enero de 2022 entra en vigor, en España, la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.
Entre otras normas, esta Ley modifica el articulado del Código Civil Español, dando un importante paso, como es reconocer a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad.
Tal como recoge en su exposición de motivos, «esta reforma se hace precisa no sólo para adecuar el Código Civil a la verdadera naturaleza de los animales, sino también a la naturaleza de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos.»
Art. 333 bis Código Civil
1. Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección.
2. El propietario, poseedor o titular de cualquier otro derecho sobre un animal debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando su cualidad de ser sintiente, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie y respetando las limitaciones establecidas en ésta y las demás normas vigentes.
3. Los gastos destinados a la curación y al cuidado de un animal herido o abandonado son recuperables por quien los haya pagado mediante el ejercicio de acción de repetición contra el propietario del animal o, en su caso, contra la persona a la que se le hubiera atribuido su cuidado en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor económico de éste.
4. En el caso de que la lesión a un animal de compañía haya provocado su muerte o un menoscabo grave de su salud física o psíquica, tanto su propietario como quienes convivan con el animal tienen derecho a que la indemnización comprenda la reparación del daño moral causado.
Podéis acceder al texto completo de la Ley en el siguiente enlace:
Hola, una ley que tardó en llegar, pero bueno, nunca es tarde si la ley es buena y protege a aquellos que están indefensos. Un abrazo.
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Hola! Es verdad, ha tardado mucho, pero por fin ha llegado, que se les reconozca que tienen sensibilidad. Ahora falta que se regule más el maltrato animal. Todo llega, aunque a veces tarda demasiado. Un abrazo!
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Por supuesto, eso ya lo sabíamos. La ley está muy bien y eso que, aunque lentamente, se avanza. ¿Es aplicable a la tauromaquia? Porque el toro siente, ¿verdad? (La pregunta es retórica).
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Efectivamente, lo sabíamos pero las normas no. Para las normas, hasta ayer eran ‘cosas’ y como tal estaban regulados. Por ello, es un avance legal, ahora falta que se regule bien el maltrato animal. En cuanto a la tauromaquia, los toros son animales también, así que sensibilidad tienen ya que el dolor que padecen es una muestra de ello.
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Qué bien! Entiendo que esto es en España, debería replicarse en otros países. Saludos!
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Sí, Ana, es una alegría esta norma. Ahora falta que se regule mejor el maltrato animal, están en ello también. Tienes razón, es en España. Voy a especificarlo porque no lo he puesto, un fallo por mi parte no indicarlo. Gracias, Ana! Un abrazo y feliz día.
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Justo es! Sí, leí sobre esta ley
Este cambio habría que apresurarlo en el mundo entero, demasiado sufren estos seres indefensos. Nos necesitan!
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Sí, Maty, debería regularse en todos los países. Aún así, aún queda por regular más aspectos. Un abrazo!
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